Solo por el interés de demostrar lo que me propongo decir me atrevo a hacer unas indicaciones
que de otra manera me resultarán desagradables. Aún así no pretendo que esto sea una verdad absoluta.
Una comisión nombrada por uno de los Consejos de Facultad de la Universidad Central de Venezuela me designó para hacer una ponencia sobre la reforma constitucional. En principio, me exigieron que la hiciese hoy lunes 5 de noviembre del año 2007. Les dije que era imposible, dado que el texto llegó al CNE el día viernes y luego venía el fin de semana. Me comprometí para el martes 13 de noviembre del año 2007.
Para cumplir con ese compromiso, ayer domingo en la tarde logré bajar de internet el texto de la nueva proposición y lo leí completo. La proposición inicial está muy aumentada.
Soy abogado especialista en Derecho Administrativo, el que como ustedes saben está estrechamente vinculado con el Derecho Constitucional. Por muchos años he desempeñado funciones accidentales de Juez, especialmente en los últimos nueve años en los que ininterrumpidamente he sido Juez Superior Contencioso Administrativo del Estado Aragua, incluyendo un lapso significativo como Juez Provisorio. También en esta parte de la magistratura el contacto con el Derecho Constitucional es intenso.
Desde 1992 soy Abogado adscrito a la Oficina Central de Asesoría Jurídica de la Universidad Central de Venezuela, en el área de Derecho Administrativo. Y durante los dos últimos años he impartido lecciones de post grado en el campo del Derecho Administrativo de la Universidad Experimental Rómulo Gallegos.
Recientemente, en la Revista de Derecho Público número 109, me ha sido publicado un trabajo titulado "Herramientas constitucionales novedosas en la Constitución de 1999 para la defensa de algunos derechos de los ciudadanos ".
Pues bien, solo para poder dar una opinión medianamente satisfactoria en el campo estrictamente jurídico sobre la reforma propuesta, empezando su análisis desde hoy lunes 05 de noviembre, necesitaría de un mes, trabajando exclusivamente en eso.
Y ya como votante en el referendo no podría adentrarme en materia económica, militar, financiera, geográfica, agrícola etc., pues ello sería imposible. Necesitaría consultar, oir y leer mucho.
Resolví que lo que voy a hacer el próximo martes 13, a las 3 p.m., en el auditorio de la Facultad de Agronomía de la U.C.V. es un bosquejo general de la reforma, más bien planteando inquietudes para que surjan iniciativas de los asistentes y podamos intercambiar opiniones y aprender todos.
He señalado estas cosas que para mi son desagradables, solo para evidenciar que me podría encontrar en una posición privilegiada para la comprensión de toda la reforma y sin embargo requeriría de mucho tiempo, varios meses quizás, para entenderla toda, pues es obvio que se trata de una nueva Constitución, con preceptos y situaciones que son nuevas y sin ningún arraigo en nuestra tradición jurídica.
Para quien no tenga esas ventajas que sin ninguna pretensión pongo en evidencia, creo que sería necesario un lapso no menor de seis meses, con bastante dedicación a ello, para formarse una opinión ajustada, una posición que le permita votar en el referendo con un mínimo de libertad y sabiduría. Vicente Amengual Sosa. c.i. 3.202.469.
que de otra manera me resultarán desagradables. Aún así no pretendo que esto sea una verdad absoluta.
Una comisión nombrada por uno de los Consejos de Facultad de la Universidad Central de Venezuela me designó para hacer una ponencia sobre la reforma constitucional. En principio, me exigieron que la hiciese hoy lunes 5 de noviembre del año 2007. Les dije que era imposible, dado que el texto llegó al CNE el día viernes y luego venía el fin de semana. Me comprometí para el martes 13 de noviembre del año 2007.
Para cumplir con ese compromiso, ayer domingo en la tarde logré bajar de internet el texto de la nueva proposición y lo leí completo. La proposición inicial está muy aumentada.
Soy abogado especialista en Derecho Administrativo, el que como ustedes saben está estrechamente vinculado con el Derecho Constitucional. Por muchos años he desempeñado funciones accidentales de Juez, especialmente en los últimos nueve años en los que ininterrumpidamente he sido Juez Superior Contencioso Administrativo del Estado Aragua, incluyendo un lapso significativo como Juez Provisorio. También en esta parte de la magistratura el contacto con el Derecho Constitucional es intenso.
Desde 1992 soy Abogado adscrito a la Oficina Central de Asesoría Jurídica de la Universidad Central de Venezuela, en el área de Derecho Administrativo. Y durante los dos últimos años he impartido lecciones de post grado en el campo del Derecho Administrativo de la Universidad Experimental Rómulo Gallegos.
Recientemente, en la Revista de Derecho Público número 109, me ha sido publicado un trabajo titulado "Herramientas constitucionales novedosas en la Constitución de 1999 para la defensa de algunos derechos de los ciudadanos ".
Pues bien, solo para poder dar una opinión medianamente satisfactoria en el campo estrictamente jurídico sobre la reforma propuesta, empezando su análisis desde hoy lunes 05 de noviembre, necesitaría de un mes, trabajando exclusivamente en eso.
Y ya como votante en el referendo no podría adentrarme en materia económica, militar, financiera, geográfica, agrícola etc., pues ello sería imposible. Necesitaría consultar, oir y leer mucho.
Resolví que lo que voy a hacer el próximo martes 13, a las 3 p.m., en el auditorio de la Facultad de Agronomía de la U.C.V. es un bosquejo general de la reforma, más bien planteando inquietudes para que surjan iniciativas de los asistentes y podamos intercambiar opiniones y aprender todos.
He señalado estas cosas que para mi son desagradables, solo para evidenciar que me podría encontrar en una posición privilegiada para la comprensión de toda la reforma y sin embargo requeriría de mucho tiempo, varios meses quizás, para entenderla toda, pues es obvio que se trata de una nueva Constitución, con preceptos y situaciones que son nuevas y sin ningún arraigo en nuestra tradición jurídica.
Para quien no tenga esas ventajas que sin ninguna pretensión pongo en evidencia, creo que sería necesario un lapso no menor de seis meses, con bastante dedicación a ello, para formarse una opinión ajustada, una posición que le permita votar en el referendo con un mínimo de libertad y sabiduría. Vicente Amengual Sosa. c.i. 3.202.469.
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