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sábado, 12 de julio de 2008

La cultura venezolana de la vida en condominio.


Maggio es un abogado venezolano que ha conocido el éxito económico no muchos años después de graduado. Inicialmente logró entrar en un grupo comercial importante para prestar asistencia jurídica, lo cual hizo impecablemente, y gracias a ello pudo comprarse un apartamento en un condominio modesto e iniciar pequeños negocios de franquicias de telefonía celular.
Desde allí el camino a una situación económica holgada fue cosa de poco tiempo. Un buen día, aprovechando que su vivienda estaba en la planta baja del edificio, extendió su apartamento aproximadamente en un 50 % por ciento respecto de la construcción original: sitio para reuniones, oficina y parrillera. Hasta allí todo muy bien.
Lo malo es que esa extensión se hizo a expensas de áreas comunes de los copropietarios. Los vecinos de los demás apartamentos de planta baja hicieron lo mismo que Maggio.
Los demás vecinos se quejaron. La Junta de Condominio se alarmó, invocó normas de la Ley de Propiedad Horizontal y al no obtener el resultado esperado, decidieron contratar un abogado. Este profesional del Derecho, una vez que estudió el caso y le expuso los pormenores del mismo, lo que logró fue que la Junta desistiera de su reclamación y asunto terminado. Maggio, hoy día tiene un apartamento de lujo en un condominio financiado por la Ley de Política Habitacional, todo en contravención con las normas legales en materia de condominio.
Lo primero que salió a relucir en la asesoría jurídica es que la solución depende de un juicio, que como tal tiene un costo en gastos y honorarios. Y es que los condominios venezolanos, por lo general, apenas si cubren sus costos esenciales o siempre están en mora con alguien. Así que contratar un abogado implica una cuota extra, la que seguramente todos aprobarán pero nadie o muy pocos pagarán.
El condominio al cual pertenece la foto de arriba no es la excepción. En ocasiones se ha suspendido el servicio de vigilancia por falta de pago. También el de la luz eléctrica por la misma razón. Y así otras cosas esenciales. Pero los apartamentos han sido mejorados internamente, hay televisión por cable y afuera, en el estacionamiento, hay decenas de carros y camionetas último modelo.
Pero todo no termina allí. Aún pudiendo afrontar el costo del juicio, nos encontramos con que los tribunales tienen un dominio casi nulo en la materia y por tanto las soluciones son incompletas o no se dan. La falta de dominio, precisamente, deviene del poco uso de la vía judicial por la razón económica antedicha o porque los copropietarios se hacen cómplices del infractor o le temen (como en el caso de Maggio) o son indiferentes.
Las autoridades de los condominios, no obstante la amplísima divulgación en libros y foros sobre la materia, no saben casi siempre afrontar estas situaciones. Las autoridades administrativas competentes no tienen tiempo para estos problemas, o los desconocen, o no saben qué hacer.
Y es que la convivencia en condominio es una cuestión fundamentalmente de conciencia vecinal. Solo los propietarios respetuosos de las normas , organizados y con fortaleza en la defensa de sus derechos, serán quienes lograrán que en Venezuela se forme progresivamente una conciencia condominial.

sábado, 7 de abril de 2007

Misión Tránsito Seguro (2)


6) Aún cuando nuestro país no tiene una gran solidez en la institucionalidad jurídica y por ende en el proceso administrativo o judicial como forma de regulación social, no puede descartarse la posibilidad de introducir procesos rápidos y efectivos para determinar la eventual responsabilidad de infractores por hechos de cualquier naturaleza en materia de tránsito terrestre y no solamente en casos de lesiones graves o muerte. Para no detener al presunto infractor, puesto que ello puede causar un daño peor o perjudicar al núcleo familiar, se le debe dejar circulando (a menos que sea una falta grave o se trate de desperfectos del vehículo), colocándose una calcomanía que el conductor debe conservar hasta la cita que le fije la autoridad administrativa y que solo ésta podrá ulteriormente remover, en la que se indique que se trata de un conductor sometido a averiguación administrativa (aclarando su presunción de inocencia) y que si se le observa realizando un acto ilegal en la continuación de la conducción del vehículo, los particulares que tengan conocimiento de él deberán participarlo a la autoridad.
7) Todo el país vigila y solo la autoridad sanciona. Los amigos y familiares de un infractor o persona con problemas de conducir deben participarlo a la autoridad. Debe impedirse que circulen vehículos en mal estado. Debe aplicarse la normativa legal sobre suspensiones o revocaciones de licencia, hacerle seguimiento a quienes hayan sido sancionados, estimular y proteger las denuncias que hagan los ciudadanos sobre inobservancia de los conductores sancionados. Debe llevarse al infractor a pensar en el riesgo de perder su empleo o de verse afectado en el mismo si se le suspende la licencia o se le revoca. La familia podrá colaborar en mejorar la conducta, pero las autoridades deben ser enérgicas en este objetivo.
8) Sanciones económicas. Debe implementarse una política intensa, completa, total, de sanciones económicas por los daños que se causen a los bienes públicos, reparación de los mismos, por los gastos que haga el Estado a consecuencia de accidentes de tránsito causados por culpa de un conductor.
9) Una inmensa red de voluntariado. En Venezuela existe desde hace años la institución de brigadistas voluntarios de tránsito terrestre. Es un inmenso recurso humano que nada cuesta al Estado pero que éste no ha protegido ni mejorado sustancialmente. Yo soy un brigadista voluntario (átomo 3020) y conocí a muchos ingenieros, médicos, comerciantes, educadores, etc. que pusieron al servicio del voluntariado sus vehículos y tecnología de punta para todo lo relacionado con la materia, quienes lamentablemente abandonaron (yo también) la institución por cuanto todo se limitaba a salir por las noches y detener a personas que se “comían” la luz roja y llevarlos a un retén, de modo de así demostrar que se cumplía con la institución. Las charlas viales y en liceos, colegios, universidades y muchas otras cosas posibles, las cuales son las verdaderamente importantes y de gran utilidad, nunca se implementaron. Por otra parte, los funcionarios de tránsito terrestre de carrera solían tener muchos recelos, por decir lo menos, de los brigadistas voluntarios. Esto hay que aprovecharlo y estimular un brigadismo que no requiera de hacer guardias ni de tantas otras exigencias. Simplemente educarlo en la materia y dotarlo de una credencial solo para colaborar cuando transita por calles o avenidas, hacer denuncias, etc. Debe tenérsele un gran respeto y consideración social, incluso con premios o estímulos ciudadanos.
10) Colaboración de los órganos locales, ahora los Consejos Comunales. Quien habitualmente comete infracciones de tránsito o tiene sanciones o tiene predisposición o elementos de riesgo para cometerlas, por lo general, donde primero se observan esas circunstancias o ya se las conoce, es en su propia comunidad o en el lugar donde trabaja. Por consiguiente, las autoridades o miembros de esos órganos locales pueden hacer aportes preventivos para evitar accidentes e, inclusive, solicitar se apliquen sanciones. Quien esté advertido o prevenido de la información que sobre él se tiene, seguramente será más cuidadoso a la hora de conducir, o se lo podrá advertir su familia.
LA MISIÓN TRANSITO SEGURO LA AGRADECERAN TODOS LOS CIUDADANOS.